El
estudio del Derecho en Venezuela contempla la materia civil una enriquecedora
experiencia que facilita a los ciudadanos y ciudadanas poder dirimir sus controversias
utilizando los tribunales competentes en esa área, tenemos que el Código de Procedimiento Civil contiene paso a paso el
Procedimiento Ordinario, un proceso que trata de diligenciar todas
las formalidades que la ley contempla para lograr que se
llegue a un acuerdo y así evitar problemas mas graves que atenten contra la seguridad de las personas.
Cada una
de las estrategias plantadas dentro de la normativa
legal tiene que ver con lo civil, puede ser que se de un caso laboral, mercantil y de intimación que ya seria
por cobro de dinero, se debe considerar también que en
algunas situaciones de la materia civil se puede acudir a la parte de
Protección de niños, niñas y adolescentes si estamos hablando de divorcios, herencia u otros que involucren a personas
que no hayan cumplido los dieciocho (18) años de edad.
El
proceso civil se inicia con una Demanda, tanto la parte demandada como la
actora deben tener conocimiento de que necesitan la
representación legal de un abogado o varios, según sea el caso para poder
solicitar ante el tribunal su requerimiento, así como también que deben
presentar pruebas en su acusación o defensa.
El
Procedimiento Ordinario es bastante extenso y puede ser complejo incluso en su
etapa de ejecución, por lo tanto se debe estudiar a fondo para lograr que se
cumpla la justicia con objetividad y a través de un procesos que pueda ser ágil y con garantía
de hacer valer los derechos de los ciudadanos o ciudadanas
que en su debido momento soliciten la intervención de un tribunal de primera o
segunda instancia.
Ahora bien, el derecho procesal civil es una disciplina autónoma y es una herramienta para hacer justicia, estudia la naturaleza, desarrollo y eficacia del conjunto de relaciones jurídicas del proceso civil
Se encuentran unas definiciones básicas para poder entender mejor que es es el derecho procesal civil; el proceso denota el transcurso del tiempo, denota noción de avance.
En el proceso jurídico, interviene un funcionario público, sea
administrativa o en el ámbito judicial. Nos encontramos ante un
proceso judicial cuando este se desarrolla ante un juez (quien
ejerce una potestad jurisdiccional). La jurisdicción (poder del estado
de administrar justicia) y en presencia de unas "partes
interesadas".
El proceso constituye una unidad en el cual converge la
acción y la pretensión con la jurisdicción, mientras que el
procedimiento es la manifestación exterior del proceso. La idea de proceso es una idea teleológica, se habla
necesariamente de un fin. El proceso es un procedimiento apuntado
al fin de cumplir la función jurisdiccional. Debemos distinguir
fundamentalmente lo que debe entenderse por proceso,
procedimiento, acción, pretensión y, en sí, su diferencia con la
demanda.
La pretensión es lo que se busca en el proceso, como nos
dice Piero Calamandrei, es la subordinación de un interés ajeno a
un interés propio.
La demanda es el primer acto de la parte, es en sí un acto
procesal la cual conlleva tanto la acción como la pretensión.
Cuando accionamos ponemos en movimiento la actividad
jurisdiccional del Estado, la pretensión siempre va a depender del
demandado, lo que deseamos que el demandado nos resarza o
cumpla. La acción es una y única, pues ella va dirigida contra el
Estado, ya que este tiene la obligación de tutelar nuestros derechos
e intereses, previniendo así que los particulares se hagan justicia
por su propia mano, ello lo enunció Mostequieu, en el espíritu de las
leyes, con la división de los poderes público.
el procedimiento es un camino, via para hacer efectivo el proceso, mientras que el procedimiento es el contenido de la relacion procesal que se va a realizar en un proceso
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